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Legislador presentará un proyecto para limitar las “desobligaciones” en las escuelas
NoticiasLegislador presentará un proyecto para limitar las “desobligaciones” en las escuelas

Legislador presentará un proyecto para limitar las “desobligaciones” en las escuelas

Se trata del legislador Pablo Villegas (MPF), quien confirmó en AIRE LIBRE FM que trabaja en un texto sobre un proyecto de ley para declarar ilegales las desobligaciones docentes, que afectan la educación de los estudiantes. Se busca establecer límites a las acciones sindicales encubiertas y asegurar el derecho a la educación en Tierra del Fuego. Aclaró que no está en contra del accionar gremial, sino que, si hay desobligaciones, que esos días sin trabajar sean descontados. Además, dijo que “hay complicidad” entre el Gobierno y el SUTEF.

El legislador consultado este martes sostuvo que “estoy acá en mi oficina, este, escribiendo un proyecto de ley que va a tener finalidad, declarar la ilegalidad, estas denominadas desobligaciones, que son paros encubiertos, que son medidas de acción directa encubiertas, que implican en los hechos la interrupción de la prestación laboral, eh, del docente que está en la sala, y que implica además, este, y se proyecta sobre la vida de los chicos y los jóvenes en en verse privado o tener interrumpida este las clases. Hoy la realidad en la Tierra del Fuego nos indica que es el SUTEF el que define qué días y cuándo tienen clases en la Tierra del Fuego hay un derecho constitucional diría yo de parte del gobierno de no arbitrar las medidas que están a su alcance para evitar estas desobligaciones que te vuelvo a insistir son de carácter ilegal eh hay que reconocer que la constitución le pone en cabeza de los sindicatos este tres derechos fundamentales el derecho a la negociación colectivo el derecho a la huelga o al paro y el derecho a la asociación sindical dentro del marco del derecho a la huelga es desobligación es no es una medida de acción directa legítima ni legal y es tan así que el propio gremio cada vez que define un paro lo comunica la autoridad administrativa laboral en este caso el ministerio de trabajo este en el marco de la ley de asociaciones sindical y en el marco de las leyes provinciales que existen en la materia eh nosotros entendemos absolutamente necesario frente a esta comisión de gobierno de la provincia de no instar los mecanismos legales correspondientes de tratar de hacer uso de las herramientas que la constitución nos reconoce y presenta un proyecto de ley para poner en debate este tema. Mhm. Basado este en que la relación empleado empleador en materia eh de empleado público en la tierra de fuego es una materia no delegada de gobierno central eh una atribución propia y por ende este se puede llegar a definir en cuanto a su contenido, alcance y sentido a través de los modos legales que prevén el sistema eh jurídico actual

“Por un lado la negociación colectiva en base a la ley 113, la 424, el 2018, etcétera, etcétera. Pero por otro lado el propio antecedente del propio que trae a esta legislatura discutir el contenido este de esa relación de empleo entre docentes y empleadores y gobiernos de la provincia cuando eh eh presenta un proyecto de ley que tiene estado parlamentario este pretendiendo definir. Sí. Porque impongamos un salario mínimo vital y móvil a favor de los docentes”.

Usted usted habló de complicidad del gobierno, lo quiere accionar en contra del gremio, o es porque le faltan herramientas y por ende es necesario este proyecto de ley.

“No, no le faltan herramientas, lo que hay es una decisión política eh tendiente a hacer lo que se tiene que hacer. Digo, los sindicalistas no son tontos. Eh adoptan este sistema de desobligaciones porque saben que no sufren los descuentos en sus salarios cuando este efectivamente llevan a cabo media acción directa como puede ser un paro Si bien la Constitución reconoce en cabeza de un sindicato el derecho a huelga también en forma simultánea le reconoce al empleador el no pagar ese día no trabajado por una cuestión de sentido común una cuestión lógica que tiene asidero jurídico que si no hay contraprestación laboral no hay derecho al cobro del salario correspondiente. Acá lo que hay es un acuerdo tácito un acuerdo implícito entre el gobierno de la provincia en no efectuar descuentos por las desobligaciones y el gremio que efectúa estas desobligaciones que le pone a esas medidas de acción directa este falso ropaje de desobligaciones pero que en la realidad de los hechos implican medidas de acción que se materializan a través de la interrupción de la contraprestación laboral, se materializan en que los docentes de las clases”.

Añadió el mopofista Villegas que “creo que lo primero que hay que hacer es definir el marco de legalidad, respetando sin lugar a dudas los principios de la libertad sindical, los derechos que tienen los sindicatos este en materia eh laboral, etcétera. La finalidad es declarar la ilegalidad de las desobligaciones de que el poder legislativo como lo ha hecho en otra en otras circunstancias con otros temas pero que hacen a la relación empleado-empleador este tener una posición institucional clara al respecto definir la ilegalidad estas desobligaciones y por otro lado ordenar o instruir o en todo caso habilitar al Ministerio de Trabajo de la provincia y a las autoridades del Poder Ejecutivo a que adopten las medidas que esa declaración de como puede ser descuentos salariales como puede ser algún tipo de otras medidas de carácter administrativo”.

Por último, aclaró: “Que quede claro. Este uno no está en contra del legítimo reclamo de tener salario por encima de los niveles de pobreza a favor de los docentes a favor de la policía a favor de cualquier trabajador. Uno no pone en tela de ese derecho legítimo de reclamar por las mejores condiciones salariales. Lo que uno trata es de marcar la cancha por así decirlo y definir en términos legales e institucionales que hay algunas medidas que no se deben llevar a adoptar o que van a tener el carácter de ilegales porque -vuelvo a insistir- no se ajustan al marco legal vigente adoptadas bajo un falso ropaje de legalidad y de legitimidad que termina lastimando absolutamente nada más ni nada menos que un derecho humano fundamental de carácter personal y social como el derecho a aprender o el derecho de educación que tienen todas las personas en la Tierra de Fuego y particularmente los más vulnerables como son nuestros niños y nuestros jóvenes”.

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Noticia publicada martes, 3 de junio de 2025 porAire Libre.

Tiempo de lectura: 6 minutos (1134 palabras)6/3/2025, 2:01:39 PM

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