Elecciones 2023: Qué se puede y qué no se puede hacer en las horas previas y durante el acto electoral
Las Juntas Electoral Provincial y Municipal de Ushuaia dieron a conocer las prohibiciones establecidas para asegurar el normal desarrollo de las elecciones provinciales y municipales 2023, que tendrán lugar el domingo 14 de mayo.
Noticia publicada miércoles, 10 de mayo de 2023 por19640 Noticias.Tiempo de lectura: 2 minutos (392 palabras)19640 Noticias
Las Juntas Electoral Provincial y Municipal de Ushuaia dieron a conocer las prohibiciones establecidas para asegurar el normal desarrollo de las elecciones provinciales y municipales 2023, que tendrán lugar el domingo 14 de mayo.
Veda electoralUna de las prohibiciones establecidas es la realización de actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos, así como la propaganda proselitista desde 48 horas antes de la iniciación del Acto Electoral. También se prohibió ofrecer o entregar al electorado boletas de sufragio dentro del radio de 80 metros de los lugares habilitados para votar y admitir reuniones de electorado durante las horas en que se desarrolle el Acto Electoral, a todo propietario o inquilino que, en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de los lugares habilitados para votar. Asimismo, se estableció la prohibición de desarrollar espectáculos populares al aire libre o en espacio cerrado; fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al Acto Electoral. Está vedada la apertura de las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase, desde las 0 horas del día del Acto Electoral y hasta pasadas las 3 horas de la clausura de este. Durante este tiempo, los comercios deberán colocar un cartel con la leyenda “Día de comicios-Prohibida la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas”. Encuesta de boca de urna De igual modo, se estableció la prohibición de la publicación o difusión de sondeos, encuestas o estudios de opinión referidos al Acto Electoral, por cualquier medio de difusión, desde 48 horas antes de la iniciación del Acto Electoral hasta la finalización de este.Se extiende hasta 3 horas después del cierre del Acto Electoral con la finalidad de evitar incidencias con las personas que aún se encuentran en los centros de votación, aun después de las 18 horas. Por último, quedan prohibidas las entrevistas a los/as candidatos/as dentro de los centros de votación. Solo podrán realizarse fuera de los mismos y a una distancia no menor a 10 metros del ingreso.
Veda electoralUna de las prohibiciones establecidas es la realización de actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos, así como la propaganda proselitista desde 48 horas antes de la iniciación del Acto Electoral. También se prohibió ofrecer o entregar al electorado boletas de sufragio dentro del radio de 80 metros de los lugares habilitados para votar y admitir reuniones de electorado durante las horas en que se desarrolle el Acto Electoral, a todo propietario o inquilino que, en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de los lugares habilitados para votar. Asimismo, se estableció la prohibición de desarrollar espectáculos populares al aire libre o en espacio cerrado; fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al Acto Electoral. Está vedada la apertura de las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase, desde las 0 horas del día del Acto Electoral y hasta pasadas las 3 horas de la clausura de este. Durante este tiempo, los comercios deberán colocar un cartel con la leyenda “Día de comicios-Prohibida la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas”. Encuesta de boca de urna De igual modo, se estableció la prohibición de la publicación o difusión de sondeos, encuestas o estudios de opinión referidos al Acto Electoral, por cualquier medio de difusión, desde 48 horas antes de la iniciación del Acto Electoral hasta la finalización de este.Se extiende hasta 3 horas después del cierre del Acto Electoral con la finalidad de evitar incidencias con las personas que aún se encuentran en los centros de votación, aun después de las 18 horas. Por último, quedan prohibidas las entrevistas a los/as candidatos/as dentro de los centros de votación. Solo podrán realizarse fuera de los mismos y a una distancia no menor a 10 metros del ingreso.