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El Gobierno provincial busca suspender pero no renunciar al cobro del impuesto inmobiliario

El ministro de Finanzas Públicas Federico Zapata explicó las razones del proyecto del Ejecutivo que plantea extender la suspensión de la aplicación de la ley 1075, en lugar de la derogación.

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El ministro de Finanzas Públicas, Federico Zapata García, explicó por FM Master’s la iniciativa que presentaría el gobierno de un proyecto de ley para extender la suspensión de la ley 1075. “Tiene que ver con la primera reunión que tuvimos la semana pasada con los tres ejecutivos municipales. Llegamos a la conclusión de que es muy compleja la aplicación inmediata del fallo y de la ley, por lo cual entendemos que una herramienta que nos permitiría trabajar con más tranquilidad y precisión es mantener la suspensión. Lo que estamos haciendo es extenderla”, dijo.

“Esto tiene que ver con lo que veníamos expresando. Hoy en día el recurso forma parte del presupuesto de los tres municipios, por lo tanto para salvaguardar esta situación sería buena la suspensión hasta fin de año, teniendo en cuenta que los tres municipios y el gobierno lo tenemos que contemplar en el presupuesto que vamos a presentar para el año que viene. También en los tres municipios existe la figura del pago anual y ya muchos contribuyentes lo han hecho, por eso sería muy complejo si lo aplicáramos nosotros ahora, porque podría haber una doble imposición. Entendemos que una herramienta es la extensión de la suspensión, para poder seguir trabajándolo con mayor tranquilidad y más tiempo. Lo que estamos planteando nosotros es la extensión por seis meses, hasta el 31 de diciembre de este año”, precisó. Respecto de la propuesta del municipio de Río Grande de cobrar el impuesto y coparticipar a la provincia, indicó que “los tres municipios iniciaron su alocución planteando que lo que querían ellos era la derogación de la ley en primera instancia, y en segunda instancia que ellos sigan teniendo el cobro, es decir que actúen como agentes de percepción. Acá hay una situación muy concreta, que no tiene tanto que ver con la ley en sí sino con la declaración de certeza del Superior Tribunal de Justicia, que determina que la provincia puede retomar su facultad originaria sobre el impuesto, y que es un impuesto directo de la provincia. Uno lo que entiende es que no es la vía la derogación porque, por más que se derogue la ley, es clara la interpretación de la justicia de a quién corresponde el recurso. Por más que se derogue la ley, sigue siendo potestad de la provincia el cobro del impuesto”, aseveró. "No tener la posibilidad de cobrar el impuesto inmobiliario significarían recortes en salud y obra pública"“Ahí quizás se entraría en otro tipo de conflicto, porque el contribuyente puede decidir no pagar más a la municipalidad porque no es su potestad, y la justicia así lo determinó. Por eso nosotros dijimos que la derogación no era una de las alternativas. Hay que ver si es posible y si es práctico que lo sigan cobrando los municipios o que lo empiece a cobrar la AREF”, dijo.“Por más que el cobro caiga en cabeza de la AREF, la AREF puede nombrar a los tres municipios como agentes de percepción y para el ciudadano seguiría siendo exactamente igual, iría a pagar a Rentas de la provincia pero lo que quizás se cambiaría es que la boleta diga, por ejemplo, ‘municipio de Ushuaia agente de retención’. Lo que nosotros estamos solicitando, que es la extensión de la suspensión, haría que el contribuyente que no hizo el pago anual siga pagándolo en los tres municipios”, sostuvo.