El juez integrante de la Cámara de Apelaciones (Sala Penal) en Ushuaia, Andrés Leonelli, tuvo un fuerte gesto de acompañamiento de sus pares, porque el pasado viernes la Cámara de Apelaciones resolvió anular la orden de la jueza de instrucción, María Cristina Barrionuevo, quien había dispuesto hacer un peritaje en un segundo celular que la habían secuestrado en el allanamiento en la casa del ahora acusado juez. Es en el marco de la causa en la que se lo investiga por la tenencia de material pornográfico infantil.
Cabe señalar que en este caso los camaristas que votaron a favor de Leonelli fueron Alejandro Sergio Manuel Fernández y Aníbal Gerardo Acosta, mientras que el doctor Daniel Alejandro Sacks votó en contra para que se realice el peritaje en ese teléfono Samsung, que se sospecha que tendría información muy sensible y que por el cual podrían quedar otras personas involucradas en la supuesta tenencia de material pornográfico infantil.
Si Leonelli no tiene nada que ocultar no debería haber apelado esa medida.
Ahora el fiscal Fernando Ballester, especialista en ciberdelitos, tiene que resolver si apela esta resolución de los camaristas para que el caso se resuelva en el Superior Tribunal de Justicia.
Por otra parte, ha trascendido que uno de los camaristas que votó a favor de Leonelli (el doctor Fernández), tendría algunos negocios inmobiliarios conjuntos con Leonelli y con el jubilado juez De Gamas Soler, ya que serían propietarios de un terreno ubicado en pleno centro de Ushuaia, en la esquina de las calles Deloqui y Don Bosco.
Lo llamativo de todo es que Leonelli sigue concurriendo a su oficina a trabajar, al edificio de la Cámara de Apelaciones, ya que no se le ha realizado hasta el momento un sumario por estar involucrado en esta causa donde lo acusan de gravísimos delitos. Además, es llamativa la participación del doctor David Patchman, secretario de Administración del Superior Tribunal, quien habría sabido del anuncio de la empresa Google sobre la tenencia de este material sensible y no lo informó a sus superiores, que son los jueces del Superior Tribunal.
EL ABOGADO JORGE PINTOS
Por otra parte, quien hizo declaraciones públicas sobre el caso fue un abogado ushuaiense, el doctor Jorge Pintos, quien dejó en claro que la situación del juez Leonelli es cada vez más complicada porque habría violado tratados internacionales y protocolos sobre la tenencia de ese material sensible. Y según Pintos, no solamente habría cometido un delito a través de la ley 128, sino también dos delitos más, por ejemplo, la omisión de deberes como funcionario público.
En parte de sus declaraciones públicas, Pintos dijo que “lo que más me sorprendió fue la defensa, sobre las declaraciones de quién sería el defensor del doctor Leonelli, el doctor Ariznavarreta. Es necesario hacer aclaraciones en este tipo de casos, una por la trascendencia institucional que tiene y la gravedad institucional que tiene un tema como este, por la figura de un juez involucrado y que tiene que ver no sólo con un delito cometido, que tiene que ver con cibercriminalidad, sino también en cuanto al ejercicio, a la omisión de determinadas cuestiones relacionadas con el ejercicio de su función como juez”.
En otro párrafo, Pintos mencionó que le llamó “poderosamente la atención la manifestación efectuada, por lo menos lo público, por el doctor Ariznavarreta, por cuanto acá no interesa si las imágenes eran extraídas de un expediente judicial que estaba manejando el juez o que era motivo de una cuestión laboral. La cuestión más importante en lo que se refiere al delito, a la imputación, es que el Código Penal, en su artículo 128, segundo párrafo, no el primero, el primero es general para todo lo que tenga que ver con pornografía infantil y hay una cantidad de verbos que es el que produzca, financie, difunda, estos son varios verbos, no interesa tanto eso. Sino el artículo segundo dice el que ha sabiendas, tenga en su poder imágenes que están relatadas en el párrafo anterior, que son imágenes de partes genitales de menores de 18 años, de manera particular, en un sistema propio de la persona que lo tiene. El solo hecho de haber tenido en una nube, que es lo que sale en las noticias, que subió el material a una nube de su propiedad, o sea, que tiene una clave propia, y es el usuario particular, ya implica ingresar totalmente en ese artículo, en el 128, inciso 2: La sola tenencia, y acá voy a lo que dijo el defensor, que era una cuestión de trabajo y que como no había lugar, no había un sistema en el Poder Judicial, él lo bajó a su sistema particular para analizarlo”.
Apuntó el letrado que “entonces, ahí deja claro que el término, a sabiendas, está totalmente acreditado en este caso, a confesión de partes, relevo de prueba. Lo hizo sabiendo lo que estaba haciendo, sacando imágenes o digitalizando imágenes, o pasando imágenes digitalizadas de un sistema reservado, que es el sistema del Poder Judicial, o de un expediente judicial que es secreto -salvo para las partes-, y se lo apropia y lo pone en su propio sistema de almacenamiento”.
Por último, mencionó: “Esto agrava más la situación del doctor Leonelli, y voy un poco más allá ya que el juez podría estar incurso en tres artículos del Código Penal, no en uno. El primero es el 128, pero además como es a sabiendas y él siendo un juez de cámara hay omisión de deberes como funcionario público, porque está realizando conductas que él debería controlar”.