Mediante la Resolución 51/2026, publicada este lunes 14 de septiembre en el Boletín Oficial, se establece la normativa para todas las embarcaciones que deban ingresar al Puerto de Ushuaia, incluida su rada, para desarrollar actividades comerciales o realizar tareas de rancho, reparaciones, mantenimiento y otras operaciones que requieran permanecer amarradas al muelle o fondeadas dentro del ámbito acuático del puerto.
Según los fundamentos el esquema busca ordenar los ingresos en función de la capacidad operativa real del puerto, la disponibilidad de infraestructura, las condiciones de seguridad y la planificación de las maniobras.
La Resolución 51/2026 encomienda a la AGP, a través de la Unidad Puerto de Ushuaia, la implementación de las medidas operativas y administrativas necesarias para poner en funcionamiento el nuevo reglamento.
Además, la Agencia dispuso notificar la medida a la Prefectura Naval Argentina y a la Armada Argentina.
En el boletín oficial no se encuentre publicado el anexo que contiene el texto completo del reglamento, junto con la resolución. Aclara que consultado a través del sitio oficial de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, pero tampoco se puede consultar en la página del organismo interventor.
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