Veto parcial a ley de Registro de Defunciones Fetales
El Poder Ejecutivo provincial vetó parcialmente la ley del registro civil sancionada por la Legislatura, ya que contradice leyes nacionales y derechos constitucionales. En su art. 21 establece que la existencia de la persona humana comienza con el nacimiento con vida. Por lo tanto, no puede registrarse una “defunción” si no existió previamente una persona. Además la normativa incluía incongruencias conceptuales y técnicas, violando derechos humanos.
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