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Radiología del Hospital Río Grande bajo la lupa

Lo hizo el Tribunal de Cuentas por una contratación destinada a garantizar la provisión de tecnología y la elaboración remota de informes para el Servicio de Diagnóstico por Imágenes del Hospital Río Grande. El organismo advirtió que las cantidades previstas para contratar no guardaban relación suficiente con los antecedentes incorporados al expediente y no estaban debidamente justificadas las prestaciones proyectadas.

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Radiología del Hospital Río Grande bajo la lupa

El Tribunal de Cuentas de Tierra del Fuego dispuso levantar una observación sustancial formulada durante el control preventivo de una contratación destinada a garantizar la provisión de tecnología y la elaboración remota de informes para el Servicio de Diagnóstico por Imágenes del Hospital Regional Río Grande.

La decisión quedó formalizada mediante sendas Disposiciones de la Secretaría Contable TCP y correspondientes al expediente Nº 100093-MS-2025, publicadas este 3 de noviembre en el Boletín Oficial.

El procedimiento en cuestión contempla la contratación de servicios de tomografías, mamografías y radiografías convencionales, en el marco de las prestaciones que requiere el establecimiento sanitario. Durante la intervención preventiva, el organismo de control había advertido que las cantidades previstas para contratar no guardaban relación suficiente con los antecedentes incorporados al expediente.

En ese sentido, la Observación Sustancial Nº 1 señaló que “no se verifica el cumplimiento del inciso a) del artículo 3° de la Ley Provincial Nº 1015”, al considerar que no estaban debidamente justificadas las prestaciones proyectadas.

El Tribunal requirió entonces fundamentos objetivos que permitieran explicar el dimensionamiento de la contratación. También formuló una observación formal por la insuficiencia de antecedentes sobre los precios de referencia y recomendaciones vinculadas con la preparación y fundamentación del procedimiento.

Tras analizar los descargos, el Auditor Fiscal había mantenido el cuestionamiento inicial; sin embargo, la Secretaría Contable solicitó ampliar los antecedentes mediante un nuevo requerimiento de información a la Dirección General del Hospital Regional Río Grande.

La respuesta incorporó estadísticas actualizadas sobre la utilización del servicio, la composición de la demanda asistencial, los períodos de indisponibilidad del tomógrafo institucional y las derivaciones a prestadores externos. Se agregaron elementos relacionados con la continuidad de las prestaciones, incluyendo la participación de estudios realizados durante guardias e internaciones.

A partir de esa documentación, la Secretaría Legal concluyó que se había modificado sustancialmente el cuadro de antecedentes que dio origen a la observación. En su análisis, sostuvo que los nuevos elementos “impiden sostener válidamente que las capacidades previstas carezcan de toda relación objetiva con las constancias del expediente”.

La Secretaría Contable consideró que existían razones jurídicas suficientes para levantar el cuestionamiento y dispuso, en el artículo primero, “levantar la Observación Sustancial N.º 1 (...) dando por subsanado el fundamento que le dio origen”.

No obstante, el organismo aclaró que la decisión no implica validar técnicamente todas las capacidades comprometidas ni acreditar de manera definitiva la conveniencia económica del monto ofertado.

Además, instruyó comunicar al organismo contratante las recomendaciones de la Secretaría Legal para fortalecer la motivación, trazabilidad, verificabilidad y preparación de futuras contrataciones de prestaciones diagnósticas integrales.

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