El Gobierno promulgó la Ley 27.805, que establece un régimen excepcional para la regularización de armas de fuego no registradas o con documentación irregular y extiende hasta el 31 de diciembre de 2027 la vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.
La norma, publicada este jueves en el Boletín Oficial, fija un plazo de 360 días para que los poseedores de armas clasificadas como de “uso civil” o “uso civil condicional” que carezcan de registración, o cuya situación registral se haya tornado irregular, puedan presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) para iniciar el proceso de regularización.
La ley dispone que, una vez cumplidas las verificaciones técnicas y administrativas correspondientes, las armas y sus poseedores serán incorporados al Banco Nacional Informatizado de Datos del organismo, que funciona bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.
Uno de los aspectos centrales de la iniciativa es que quienes adhieran al régimen quedarán exentos de sanciones penales y administrativas por la tenencia ilegal de armas, siempre que la situación sea informada voluntariamente y que al momento de la regularización no exista una imputación judicial previa vinculada a ese material.
El texto también prevé que las personas que no cuenten con la condición de legítimo usuario deberán tramitarla junto con la autorización de tenencia correspondiente.
En los casos en que se detecten impedimentos registrales o técnicos graves, se podrán impulsar procedimientos administrativos o judiciales para el secuestro del arma involucrada.



