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Prescripción de abusos sexuales: “El criterio que hemos sentado apunta a que la víctima tenga un real acceso a la Justicia”

En diálogo con Radio Provincia, el Dr. Ernesto “Nené” Löffler, juez del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, se refirió al fallo Jiménez – Jiménez, que establece que las causas por abuso sexual agravado con pena temporal prescriben a los 12 años. El juez Loffler se diferenció planteando que, más allá de la prescripción, […]

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Prescripción de abusos sexuales: “El criterio que hemos sentado apunta a que la víctima tenga un real acceso a la Justicia”

En diálogo con Radio Provincia, el Dr. Ernesto “Nené” Löffler, juez del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, se refirió al fallo Jiménez – Jiménez, que establece que las causas por abuso sexual agravado con pena temporal prescriben a los 12 años. El juez Loffler se diferenció planteando que, más allá de la prescripción, el juicio se haga igual para darle una respuesta a la víctima

En primer lugar, Löffler indicó que “en este caso nos tocó conformar la minoría del voto”, pero explicó que “en nuestro voto marcamos cinco aspectos que son necesario tener en cuenta porque, así como el mundo evoluciona en varias disciplinas del conocimiento científico, el concepto del derecho y norma también evoluciona. Estamos haciendo un análisis considerando esta evolución”.

En ese sentido, señaló que “hay un marco convencional que nosotros distinguimos en el voto que está indicando la convención de los derechos del niño, que tiene vigencia en nuestro ordenamiento jurídico con jerarquía constitucional a partir de la reforma del 94, anterior a los hechos ventilados en el precedente Jiménez – Jiménez”.

Löffler explicó que hay todo un marco instrumental y normativo que no se agota en el Código Penal. “Hay otros compromisos que ha asumido el Estado argentino, poniendo énfasis en los derechos de las víctimas que es hacia donde nosotros apuntamos. Estamos apreciando la resolución de este conflicto con una visión distinta del derecho que tiene en cuenta toda esta modernización que se ha venido dando en los últimos 15 años”.

Además, agregó que “nosotros hicimos una valoración pensando en lo que resolvió la Corte en Ilarraz, no solo en 2025, sino un voto anterior en 2018, que es lo que reclamabámos, que se aplique ese criterio que la Corte ratificó ese mismo día. Nosotros hacemos una distinción entre el instituto de la prescripción y el derecho al acceso a la verdad” debido a que “esto se puede lograr a través de un pronunciamiento en un debate oral y público, porque las víctimas necesitan que la Justicia se expida respecto a la verdad o mendacidad de lo que se está denunciando, independientemente que después se le aplique al responsable una pena”.

Por último, Löffler expresó que “la Justicia tiene que ser restaurativa, tiene que tener una mirada no solo respecto al imputado, sino también a las vícitimas de esos delitos. Yo transmitiría que este precedente le brinda a los abogados y a las personas que han sido víctimas, herramientas y argumentos para que puedan recurrir y tengan derecho a que la Jusiticia reconozca que los padecimientos que han sufrido son ciertos”.