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Fuertes cuestionamientos judiciales a Jueza Barrionuevo

La Cámara de Apelaciones Fueguina cuestionó duramente a la jueza de Ushuaia María Cristina Barrionuevo por sus reiteradas resoluciones sin fundamentación y advirtió sobre posibles sanciones disciplinarias por su desempeño. En paralelo, la Fiscalía de Estado apeló su declaración de incompetencia en una denuncia contra la intervención federal del Puerto de Ushuaia y pidió que evalúe inhibirse por las dudas sobre su imparcialidad.

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Fuertes cuestionamientos judiciales a Jueza Barrionuevo

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a actuación de la jueza de Instrucción María Cristina Barrionuevo quedó en el centro de dos severos cuestionamientos judiciales que ponen en discusión la calidad de sus resoluciones y la confianza pública en su desempeño. Por un lado, la Cámara de Apelaciones volvió a anular una de sus decisiones y advirtió sobre errores reiterados que comprometen derechos constitucionales. Por otro, la Fiscalía de Estado impugnó su declaración de incompetencia para investigar a funcionarios de la intervención federal del Puerto de Ushuaia y solicitó que examine la posibilidad de apartarse del expediente.

En primer término, mediante una resolución del pasado 23 de octubre, la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones formuló un pronunciamiento contundente sobre el desempeño de Barrionuevo, titular del Juzgado de Instrucción N.º 2. El tribunal anuló una prisión preventiva por falta de fundamentos jurídicos suficientes y advirtió que no se trata de un episodio aislado, sino de una conducta procesal reiterada durante años.

En efecto, la Cámara señaló que, desde noviembre de 2019, se viene dando una veintena de nulidades de resoluciones provenientes de ese juzgado, mayoritariamente por deficiencias de fundamentación. Además, recordó que en tres oportunidades la gravedad y reiteración de esos errores determinaron el apartamiento de la magistrada de las respectivas causas.

Sin embargo, la advertencia adquirió mayor gravedad cuando el tribunal señaló que esas deficiencias comenzaron a proyectarse sobre decisiones que afectan directamente la libertad de las personas. En ese contexto, sostuvo que cada prisión preventiva dictada sin fundamentos válidos puede traducirse en días de encierro que ninguna resolución posterior consigue reparar.

Asimismo, la Cámara cuestionó que Barrionuevo utilizara consideraciones sobre la peligrosidad del imputado para justificar una privación de libertad, criterio incompatible con las garantías constitucionales. También reprochó la ausencia de un análisis autónomo de los riesgos procesales y la falta de evaluación de alternativas menos restrictivas.

La gravedad del pronunciamiento quedó reflejada en una nueva exhortación dirigida a la magistrada, esta vez bajo apercibimiento de disponer su apartamiento y solicitar al Superior Tribunal de Justicia la aplicación de medidas disciplinarias. El tribunal explicó que evitó separarla inmediatamente porque ello podía demorar una decisión urgente sobre la libertad del imputado.

De esta manera, el cuestionamiento no estuvo dirigido a una simple interpretación jurídica discutible, sino a la persistencia de resoluciones que, según la Cámara, incumplen exigencias elementales de fundamentación judicial.

Una apelación que agrava los cuestionamientos

En paralelo, la Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego presentó un recurso de apelación contra la decisión de Barrionuevo de declararse incompetente para investigar la denuncia penal contra el titular de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), Iñaki Arreseygor, y otros funcionarios vinculados con los impedimentos al ingreso de inspectores ambientales provinciales al Puerto de Ushuaia.

La denuncia, presentada el 14 de octubre, comprende tres episodios registrados el 25 de agosto y el 1 y 17 de septiembre, cuando personal provincial no pudo desarrollar tareas de inspección y fiscalización ambiental dentro de las instalaciones portuarias.

No obstante, apenas dos días después, Barrionuevo resolvió desprenderse de la investigación y remitir las actuaciones a la Justicia Federal, pese a que el Ministerio Público Fiscal provincial había sostenido expresamente que correspondía investigar los hechos en la jurisdicción local.

Posteriormente, la Fiscalía Federal coincidió con esa interpretación y, el 23 de octubre, el Juzgado Federal de Ushuaia devolvió las actuaciones a la Justicia provincial.

Frente a esta situación, el fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, calificó de absurda la interpretación realizada por Barrionuevo y advirtió que su decisión afecta las garantías del juez natural, el debido proceso y el derecho de defensa.

Además, cuestionó que la magistrada equiparara una intervención administrativa sobre infraestructura portuaria con una intervención federal constitucional, pese a que ambas figuras tienen naturaleza y alcances jurídicos diferentes.

En consecuencia, la Fiscalía sostuvo que la condición de funcionarios nacionales de los denunciados no transforma automáticamente en federales los hechos investigados, especialmente cuando involucran competencias ambientales provinciales.

Un pedido que pone en discusión su imparcialidad

Pero el planteo provincial avanzó todavía más. Además de solicitar la revocación de la incompetencia, la Fiscalía de Estado requirió que Barrionuevo examine si corresponde inhibirse de continuar interviniendo, conforme al artículo 45, inciso 13, del Código Procesal Penal provincial.

El organismo fundamentó esa solicitud en la sucesión de decisiones cuestionadas, la remisión inmediata del expediente a la Justicia Federal y la falta de resolución del pedido para que la Provincia sea admitida como querellante.

Aunque aclaró que esas circunstancias no constituyen individualmente motivos suficientes para apartarla, advirtió que su valoración conjunta podría debilitar la confianza pública en la imparcialidad del tribunal.

Así, dos actuaciones judiciales diferentes confluyen en un mismo interrogante institucional: la capacidad de la magistrada para ejercer un control jurisdiccional efectivo, suficientemente fundamentado y respetuoso de las garantías constitucionales.

Por un lado, una Cámara que acumula años de advertencias, nulidades y exhortaciones. Por otro, una Fiscalía de Estado que cuestiona severamente su interpretación jurídica y le pide evaluar su continuidad en una investigación de enorme trascendencia pública.

Mientras tanto, la causa por los impedimentos a los controles ambientales continúa atrapada en una controversia de competencia, sin avanzar sobre las responsabilidades denunciadas.

La consecuencia resulta preocupante: cuando las decisiones judiciales se convierten en una sucesión de nulidades, incompetencias y apelaciones, la investigación de los hechos termina desplazada por la discusión sobre quienes tienen la obligación de investigarlos.

La Justicia no solamente debe ser independiente. También debe funcionar. Y cuando sus propios órganos de revisión advierten reiteradamente que una magistrada no fundamenta adecuadamente sus decisiones, el problema deja de ser un desacuerdo jurídico para convertirse en una cuestión de responsabilidad institucional.

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