El abogado Raúl Paderne celebró la inconstitucionalidad que el Juez Federal de Ushuaia declaró sobre el artículo 32, inciso c, de la Ley 19.640, y explicó los alcances del fallo destacando la trascendencia que tiene el mismo ya que “prohíbe que toda limitación a los derechos que emanan de la Ley 19.640 sea vía decreto del Poder Ejecutivo”.
Provinciales
Fallo judicial limita los avasallamientos a la Ley 19.640
La Justicia declaró inconstitucional el artículo 32, inciso c, de la Ley 19.640 impidiendo que los go-biernos de turno realicen modificaciones por decreto sobre los derechos que emanan de la misma. Esto significa que cualquier cambio que se pretenda efectuar sobre el régimen especial y aduanero deberá efectuarse mediante la aprobación de una ley y no de manera unilateral. Aunque el fallo puede ser apelado, el abogado Raúl Paderne, consideró que es poco probable que la sentencia sea revertida por la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia.
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