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El Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria para el sector autopartista y notificó a Mirgor y ASIMRA

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo resolvió dictar la conciliación obligatoria en el marco del conflicto entre la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y la Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica con las empresas ATEC S.A., MIRGOR SACIFIA, BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A. y FARMAR FUEGUINA S.A., todas ellas radicadas en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. La medida comenzó a regir a partir de las 16:00 horas del pasado 20 de mayo de 2025, y fue

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El Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria para el sector autopartista y notificó a Mirgor y ASIMRA
La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo resolvió dictar la conciliación obligatoria en el marco del conflicto entre la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y la Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica con las empresas ATEC S.A., MIRGOR SACIFIA, BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A. y FARMAR FUEGUINA S.A., todas ellas radicadas en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. La medida comenzó a regir a partir de las 16:00 horas del pasado 20 de mayo de 2025, y fue dictada en los términos de la Ley N.º 14.786. En este sentido, se dio por iniciado un período de conciliación obligatoria por un plazo de quince días, durante el cual las partes deben retrotraer la situación a la existente previo al inicio del conflicto. El artículo tercero de la disposición intima a los trabajadores representados por la UOM y los supervisores del sector, especialmente aquellos afectados a la fabricación de productos destinados a las plantas terminales de vehículos (sector autopartista), a cesar toda medida de acción directa que estuvieran implementando o tuvieran previsto implementar. En consecuencia, deberán prestar servicios de forma normal y habitual durante el período conciliatorio. Asimismo, se intimó a las empresas del Grupo Mirgor mencionadas a abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo contra el personal representado por las organizaciones sindicales o por otras personas en relación al conflicto, garantizando condiciones laborales habituales y tareas normales a todo el personal. La resolución tiene como objetivo establecer un espacio de negociación entre las partes y evitar la profundización del conflicto laboral en uno de los sectores industriales más sensibles de la provincia.

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