La medida, publicada en el Boletín Oficial con la firma de todo el gabinete, redefine las condiciones de residencia y endurece los requisitos para ingresar o permanecer en el país, así como los controles fronterizos.
La reforma, argumentada en la necesidad de “ordenar el sistema migratorio” y reforzar el control documental y fronterizo, modifica la Ley de Migraciones 25.871 y sus modificatorias.
El DNU redefine las categorías migratorias (residentes permanentes, temporarios y transitorios) y establece un límite de 90 días para la “residencia precaria”, la cual no generará derecho a permanencia.
Amplía y endurece las causales de inadmisión y expulsión del país. Entre los nuevos motivos se incluyen:
Presentar documentación falsa o adulterada, ocultar antecedentes penales, condenas o requerimientos judiciales.
Celebrar actos simulados o fraudulentos para obtener beneficios migratorios.
No exhibir documentación que acredite una oferta de trabajo efectiva si fue el motivo de ingreso.
Haber participado en actos de genocidio, crímenes de guerra, terrorismo, delitos de lesa humanidad u otros juzgables por la Corte Penal Internacional.
Participar o haber participado en organizaciones vinculadas al terrorismo, la violencia o ideas contrarias al sistema democrático.
Entre los cambios más importantes se refiere al acceso a la atención en el sistema de salud público. Los extranjeros que no posean residencia permanente solo tendrán garantizado el acceso al sistema en casos de emergencia. Para cualquier otro tipo de atención o tratamiento en establecimientos administrados por el Estado nacional, deberán presentar un seguro de salud o realizar el pago anticipado del servicio.
En educación la norma garantiza que ningún niño o adolescente extranjero será excluido de los niveles inicial, primario o secundario. Pero las escuelas tendrán la obligación de orientar y asesorar a las familias sobre los trámites necesarios para regularizar su situación.
La iniciativa también modifica el artículo 34 y exige a todo extranjero que solicite admisión una declaración jurada que incluya el motivo de ingreso, un seguro de salud y el cumplimiento de otras condiciones reglamentarias.
La Dirección Nacional de Migraciones podrá rechazar el ingreso en frontera si detecta documentación inadecuada, motivos falsos o riesgos sanitarios o de seguridad.
En estos casos, la prohibición de reingreso no podrá ser menor a cinco años.
Además el DNU crea la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, bajo la órbita del Ministerio de Economía y que tendrá a su cargo diseñar y gestionar políticas para atraer extranjeros que puedan contribuir al desarrollo del país y estará encabezada por un director ejecutivo con rango de subsecretario, designado por el Poder Ejecutivo.
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