El Fondo Residual de la Provincia solicitó desestimar 28 causas
Tras 24 años de haber sido creado el Fondo Residual del BTF con el objetivo de recuperar parte de la cartera crediticia calificada como irrecuperable que tenía el Banco de la Provincia, la Administradora solicitó autorización a la Comisión de Seguimiento de la Legislatura para desestimar 28 causas judiciales que totalizan el potencial recupero de unos $233.000 en total, lo que da un promedio de $8.321 por causa. En ese marco, la viceministra de Economía y responsable del manejo de Fondo Residua
Noticia publicada viernes, 24 de mayo de 2024 porMinuto Fueguino.Tiempo de lectura: 2 minutos (365 palabras)Minuto Fueguino
Tras 24 años de haber sido creado el Fondo Residual del BTF con el objetivo de recuperar parte de la cartera crediticia calificada como irrecuperable que tenía el Banco de la Provincia, la Administradora solicitó autorización a la Comisión de Seguimiento de la Legislatura para desestimar 28 causas judiciales que totalizan el potencial recupero de unos $233.000 en total, lo que da un promedio de $8.321 por causa.
En ese marco, la viceministra de Economía y responsable del manejo de Fondo Residual, Olga Cecilia Rojo, notificó en el documento remitido al Parlamento el viernes pasado que, en algunas causas surge que el denunciado no posee bienes registrables, ni ingresos como autónomo o trabajador independiente y ni siquiera ha podido determinarse el domicilio.
Asimismo, hizo mención que en un caso particular que reúne todas las condiciones, el monto que se reclama asciende a $303 y también señaló que varios casos que se persiguen ejecuciones prendarias de vehículos tienen más de 20 años de antigüedad y se desconoce el estado de conservación en el que se encuentran, por lo tanto, no se sabe el valor pecuniario que podrían tener en caso de ser subastados.
Por otro lado, se debe tener en cuenta que cada causa o remate involucra el pago de honorarios a los abogados o martilleros, por lo que se generarían más gastos que beneficios al Fondo Residual.
Cabe señalar que, desde que se puso en funcionamiento el organismo creado por Ley N°478, resultaría oportuno la elaboración de un detallado informe sobre los montos recuperados por arreglo o por juicio, como también los gastos de funcionamiento, salarios y honorarios afrontados por el Fondo, y cuál es el remanente de los créditos aún pendientes de recupero.