El Gobierno Nacional dispuso la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la aplicación de nuevas medidas cautelares por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) hasta el 30 de junio de 2027, una medida que incorpora a las pequeñas y medianas empresas y extiende un beneficio que ya alcanzaba a otros sectores.
La decisión quedó establecida mediante la Resolución 1899/2026 del Ministerio de Economía -firmada por Luis Caputo y publicada este miércoles 4 de noviembre en el Boletín Oficial- y entró en vigencia.
La disposición contempla distintos grupos de contribuyentes, aunque cada uno debe cumplir con condiciones específicas para acceder a la suspensión.
Uno de los puntos centrales de la normativa es la incorporación de las micro, pequeñas y medianas empresas de los tramos 1 y 2, siempre que cuenten con el Certificado MiPyME vigente a la fecha de dictado de la resolución, el 29 de octubre de 2026.
La suspensión también contempla a las personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes, aunque en estos casos será ARCA la encargada de establecer los criterios para determinar quiénes pueden acceder al beneficio.
Por otra parte, la resolución prorroga hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud, que ya contaban con esta protección.
Ese régimen había sido establecido originalmente en diciembre de 2024 mediante la Resolución 1445/2024, con vigencia hasta julio de 2025. Posteriormente, el Ministerio de Economía extendió el plazo a través de resoluciones que habían llevado el beneficio hasta el 31 de diciembre de este año.
En los fundamentos de la nueva disposición, el Ministerio de Economía sostuvo que las circunstancias particulares que atraviesan las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector sanitario persisten y justifican una nueva prórroga.
En cuanto a las PyMEs, el Gobierno fundamentó su incorporación en la importancia que tienen para la economía nacional, tanto por la cantidad de puestos de trabajo que concentran como por el crecimiento de su capacidad exportadora.
La resolución también refiere a la Ley 24.467, que establece un marco de promoción para el crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, y plantea la necesidad de brindar herramientas que favorezcan su desarrollo, la generación de empleo y el incremento de las exportaciones.
LA SUSPENSIÓN NO IMPLICA LA ELIMINACIÓN DE DEUDAS
La suspensión de los juicios fiscales y de las medidas cautelares no significa que se condonen las obligaciones tributarias pendientes ni que se eliminen las deudas que los contribuyentes mantienen con el organismo recaudador.
La resolución establece que ARCA deberá abstenerse de iniciar nuevos juicios de ejecución fiscal y de disponer nuevas medidas cautelares para los sectores alcanzados durante el plazo previsto, pero no ordena el levantamiento automático de embargos que ya se encuentren vigentes.



