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Prohíben los cortes de luz, gas y agua en Tierra del Fuego

Minuto Fueguino

La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó una nueva ley que prohíbe la interrupción de los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable a usuarios residenciales por falta de pago durante la temporada invernal. La medida regirá entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Además, la normativa establece que las tarifas deberán retrotraerse a los valores vigentes al 1 de diciembre de 2025. Las empresas prestatarias tendrán un plazo de diez días corridos para adecuar los cuadros tarifar

La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó una nueva ley que prohíbe la interrupción de los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable a usuarios residenciales por falta de pago durante la temporada invernal. La medida regirá entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Además, la normativa establece que las tarifas deberán retrotraerse a los valores vigentes al 1 de diciembre de 2025. Las empresas prestatarias tendrán un plazo de diez días corridos para adecuar los cuadros tarifarios y la facturación correspondiente. Desde el ámbito legislativo señalaron que el objetivo es reducir el impacto económico que los aumentos en los servicios básicos generaron sobre las familias fueguinas, especialmente en la antesala del invierno y en un contexto de fuerte incremento en el costo de vida. La ley también obliga a las distribuidoras a implementar planes de facilidades de pago para que los usuarios puedan regularizar las deudas acumuladas. Asimismo, contempla condiciones especiales para comedores comunitarios, merenderos, centros de jubilados y entidades sociales sin fines de lucro. Otro de los puntos incluidos en la norma indica que, mientras dure la suspensión de cortes, no podrán aplicarse mecanismos de capitalización de intereses sobre las deudas generadas por los usuarios alcanzados. En cuanto a futuros aumentos tarifarios, se estableció que cualquier actualización deberá cumplir con la normativa vigente y realizar previamente una audiencia pública obligatoria. Además, los nuevos cuadros tarifarios deberán ser remitidos a la Legislatura para su tratamiento en la primera sesión ordinaria posterior a su recepción.