La Justicia anuló la convocatoria a convencionales constituyentes
El Juzgado Electoral Provincial declaró nulo el decreto del Gobierno fueguino que convocaba a elecciones para el 9 de agosto de 2026 al considerar que aún no existe una sentencia…
El Juzgado Electoral Provincial declaró nulo el decreto del Gobierno fueguino que convocaba a elecciones para el 9 de agosto de 2026 al considerar que aún no existe una sentencia firme sobre el proceso de reforma constitucional.
USHUAIA. – El Juzgado Electoral Provincial resolvió declarar la nulidad del Decreto Provincial Nº0751/26, mediante el cual el Poder Ejecutivo había convocado a elecciones de convencionales constituyentes para el próximo 9 de agosto de 2026.
La decisión fue adoptada por la jueza Mariel Zanini, quien entendió que al momento de dictarse la convocatoria no se encontraba cumplida una condición jurídica previa impuesta por el Superior Tribunal de Justicia: la firmeza de la sentencia vinculada al proceso de reforma constitucional.
En el fallo, la magistrada desarrolló la diferencia entre una sentencia “ejecutoriada” y una sentencia “firme”, y sostuvo que el Superior Tribunal había establecido expresamente que la convocatoria electoral sólo podía realizarse una vez que quedara firme la resolución dictada en la causa “Lechman, Jorge Andrés c/ Provincia de Tierra del Fuego AeIAS s/ Acción Meramente Declarativa”.
La jueza señaló que actualmente continúa pendiente un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que la instancia extraordinaria federal aún permanece abierta.
En ese contexto, el fallo aclara que si bien la sentencia posee ejecutoriedad y el recurso de queja no tiene efecto suspensivo, ello no implica que la resolución haya adquirido firmeza definitiva, requisito exigido por el propio Superior Tribunal para habilitar el llamado a elecciones.
Por ese motivo, el Juzgado Electoral concluyó que el decreto de convocatoria fue dictado sin que se encontrara cumplida la condición establecida judicialmente, razón por la cual resolvió declarar su nulidad.
La resolución también remarca que, en materia electoral, la seguridad jurídica y la certeza institucional constituyen principios esenciales para garantizar transparencia, previsibilidad y confianza pública en el proceso democrático.
Asimismo, Zanini sostuvo que la Justicia Electoral tiene la obligación de controlar la legalidad de los actos preelectorales, especialmente cuando pueden afectar la validez integral del proceso electoral y la regularidad institucional.