El Gobierno nacional modifica la obra social de las Fuerzas Armadas y limita el traspaso de trabajadores
Mediante un decreto de necesidad y urgencia, el Ejecutivo estableció que solamente será incorporado a la nueva obra social el personal considerado necesario para su funcionamiento. La decisión se produce tras la separación de los afiliados de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval del sistema anterior. El Gobierno nacional dispuso una nueva modificación en el proceso de disolución del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), estableciendo que el traspaso de trabajadores a la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) dejará de ser automático. A partir de ahora, únicamente serán transferidos aquellos empleados que resulten necesarios para garantizar el funcionamiento de la nueva estructura. La decisión fue establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 1286/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La medida modifica lo dispuesto en febrero de este año, cuando se había determinado la disolución y liquidación del IOSFA y la transferencia de sus activos y personal a la nueva entidad. Uno de los principales argumentos utilizados por el Ejecutivo para justificar el cambio es la reducción de la cantidad de beneficiarios que deberá atender la OSFA. Esto se debe a que los afiliados pertenecientes a Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina pasaron a integrar la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), creada para brindar cobertura a integrantes de esas instituciones. Como consecuencia de esta reorganización, el Gobierno considera necesario revisar la cantidad de trabajadores que serán incorporados a la nueva obra social militar. En lugar de transferir la totalidad del personal, el directorio de la OSFA deberá determinar qué puestos de trabajo necesita cubrir y cuántos empleados requiere para desarrollar sus funciones. La normativa establece que el organismo tendrá la responsabilidad de identificar a los trabajadores del IOSFA que resulten indispensables para su funcionamiento. Posteriormente, deberá formalizar las transferencias de acuerdo con el régimen jurídico correspondiente a cada agente, teniendo en cuenta su situación laboral. Respecto de quienes no sean incorporados a la nueva estructura, el decreto dispone que el administrador del IOSFA en liquidación deberá evaluar cada situación y adoptar las medidas que correspondan. De esta manera, la continuidad laboral de la totalidad de los empleados del organismo anterior no queda garantizada mediante una transferencia automática, aunque la norma no establece una cantidad específica de trabajadores que podrían quedar fuera. Por otra parte, los integrantes de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval que actualmente se encuentren prestando servicios en el IOSFA mediante comisiones o adscripciones deberán regresar a sus respectivas instituciones de origen. La reorganización también contempla modificaciones en el funcionamiento de la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad. En este caso, el decreto establece que su régimen de recursos humanos quedará comprendido dentro de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional 25.164 y sus modificatorias. Según los fundamentos de la medida, esta modificación permitirá incorporar personal bajo un marco legal definido y realizar las contrataciones necesarias para garantizar el funcionamiento de la nueva entidad. El objetivo declarado es sostener la continuidad de las prestaciones médico-asistenciales durante el proceso de reorganización. El Gobierno también justificó la utilización de un decreto de necesidad y urgencia al considerar que los tiempos del procedimiento legislativo ordinario resultarían incompatibles con las necesidades actuales del proceso de transición. Cabe recordar que la disolución del IOSFA había sido establecida mediante el Decreto 88/2026, que fijó un período de transición de hasta 365 días corridos para completar la reorganización institucional. Durante ese plazo, las autoridades deben avanzar con la transferencia de funciones y recursos, procurando mantener la cobertura de los afiliados. La nueva disposición entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y deberá ser remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, encargada de analizar la validez de los decretos de necesidad y urgencia. La modificación introduce así un cambio importante en el proceso de reorganización de la cobertura médica de las Fuerzas Armadas, especialmente en lo relacionado con la situación del personal que actualmente cumple funciones en el IOSFA y que deberá esperar la definición de la nueva estructura administrativa. ]]>