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"Cuesta discernir si esto es una organización criminal o estatal"

El Diario del Fin del Mundo

El abogado Manuel Raimbault denunció la ausencia de controles, la vulneración de derechos laborales y posibles irregularidades penales en la intervención nacional del Puerto de Ushuaia.

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l abogado Manuel Raimbault, representante de dos trabajadoras de la Dirección Provincial de Puertos con tutela sindical, cuestionó duramente la intervención nacional del Puerto de Ushuaia y advirtió que las irregularidades en su funcionamiento hacen difícil reconocer en el accionar de los interventores las características propias de un organismo estatal.

"A veces, sinceramente, no es para exagerar, pero cuesta discernir si eso es una organización criminal o una persona jurídica estatal. Es muy difícil discernirlo", sostuvo el letrado, al referirse a la exclusión de trabajadores y autoridades provinciales, la ausencia de controles administrativos y la falta de transparencia en la gestión portuaria.

Raimbault afirmó que la intervención comenzó con una ocupación material de las instalaciones, mediante la participación de fuerzas de seguridad, incluso antes de que el acto administrativo correspondiente tuviera vigencia. Desde entonces, señaló, se impide el ingreso de trabajadores y funcionarios provinciales sin procedimientos administrativos que justifiquen esas restricciones.

El abogado sostuvo que esta situación excede una controversia entre Nación y Provincia. "Si lo mirás desde el federalismo, todo lo que estamos diciendo se traslada directamente a un comportamiento material de hechos lesivos, por el cual una organización intermedia, una persona jurídica muy intermedia, toma por la fuerza una dependencia estratégica del Estado provincial", explicó.

También denunció que los trabajadores excluidos no pueden ejercer sus funciones administrativas, ni siquiera mediante sistemas digitales o accesos remotos. Esto implica, según advirtió, la eliminación de mecanismos de fiscalización sobre expedientes, contrataciones y utilización de recursos públicos.

"El puerto se convirtió en un lugar en donde no se aplica el derecho, en donde no se aplican las normas laborales", afirmó, y alertó sobre la "grave potencialidad de corrupción" que supone una administración sin controles.

En ese contexto, sostuvo que resulta difícil identificar elementos de legalidad en el funcionamiento de la intervención. "Los rasgos salientes de esa intervención, lo más probable es que nos cueste encontrar alguno que represente un rasgo de estatalidad, de legalidad, más bien todo lo contrario", manifestó.

Otro de los aspectos cuestionados es la inexistencia, hasta el momento, de una orden escrita incorporada al expediente judicial que justifique el impedimento de ingreso al puerto. Raimbault explicó que solicitaron a la Prefectura Naval Argentina las actuaciones correspondientes y requirieron al tribunal una inspección ocular de las instalaciones.

Como elemento relevante mencionó un acta notarial labrada durante las primeras horas de la intervención, cuando autoridades provinciales intentaron ingresar al puerto. Según relató, personal de Prefectura consultó entonces con representantes de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) que ya se encontraban dentro de las instalaciones.

Para el abogado, esa circunstancia constituye un indicio de que las órdenes provenían de funcionarios nacionales, aunque todavía no se haya podido acceder a instrucciones escritas.

También denunció que las restricciones alcanzaron a organismos de fiscalización ambiental y al Tribunal de Cuentas, profundizando la ausencia de controles sobre la administración portuaria.

"Creo que en algún momento esto se va a traducir en una investigación no tanto laboral, sino más bien de tipo criminal o penal", advirtió.

La demanda laboral

En cuanto a la causa judicial que impulsa en representación de dos trabajadoras con tutela sindical, Raimbault valoró positivamente la audiencia celebrada el pasado 22 ante el juez federal Federico Calvete, con participación de representantes de los organismos nacionales demandados.

Explicó que pudieron exponer los cuestionamientos a la intervención desde una perspectiva laboral, particularmente por los impedimentos para prestar servicios, la discriminación sindical y los presuntos actos de violencia laboral, en contradicción con las garantías reconocidas por la Organización Internacional del Trabajo.

Según indicó, el tribunal reconoció la sensibilidad del conflicto y la existencia de intereses públicos relevantes. Ahora deberá resolver sobre la admisibilidad de las pruebas solicitadas, establecer un plazo breve para producirlas y posteriormente dictar sentencia en el proceso de amparo.

Finalmente, remarcó que la controversia excede los derechos individuales de las demandantes y compromete principios fundamentales del funcionamiento institucional.

"Que el Estado se maneje dentro del marco de legalidad, que en los ambientes de trabajo no haya violencia, que no se discrimine, no son temas de intereses particulares o individuales", concluyó.